Projects:Multitaxreport30M190/User documentation
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Introducción
El presente manual describe cómo cumplimentar el Modelo 190 de "Retenciones e Ingresos a cuenta. Rendimientos del Trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios", a través de la información obtenida desde el "Informe dimensional de impuestos de Openbravo", tal y como se describe a continuación:
- Openbravo permite la introducción y contabilización de transacciones sujetas a retención
- una vez contabilizadas el informe dimensional de impuestos nos proporcionará la información sobre los perceptores, las percepciones y las retenciones practicadas en un periodo fiscal
- dicha información se podrá introducir finalmente en el programa "Informativas" de la AEAT Modelo 190 para dicho periodo que coincide con cada año natural.
Están obligados a presentar el modelo 190 todas aquellas personas físicas, jurídicas y demás entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta del IRPF, que satisfagan o abonen entre otras alguna de las rentas que se indican a continuación:
- a) rendimientos de trabajo
- b) rendimientos que sean contraprestación de actividades profesionales
- c) rendimientos de la propiedad intelectual e industrial
- d) premios
- e) etc..
Desde Openbravo se podrá obtener la información referente al punto b) anterior de "rendimientos de actividades profesionales" que se hayan introducido en el sistema como:
- facturas de compra de profesionales con retención
- liquidaciones manuales que incluyan retenciones
Dichos rendimientos se corresponden con la clave "G" de rendimientos de actividades económicas: Actividades profesionales, sub-claves:
- "01" - percepciones en las que resulte aplicable el tipo de retención general (15%)
- "03" - percepciones en las que resulte aplicable el tipo de retención reducido (7%)
Es importante recalcar que como en todos los modelos de retenciones hay que facilitar la información en forma separada de:
- las retenciones practicadas en las rentas o rendimientos dinerarios
- las retenciones practicadas en las rentas o rendimientos en especie
Lo anterior implica que en el caso de existir rendimientos en especie, se deberían crear los correspondientes rangos de impuestos de retenciones para dichos rendimientos en especie.
El módulo de impuestos para España sólo incluye rangos de impuestos de retenciones para rendimientos dinerarios, por entenderse los más comúnmente utilizados.
El modelo 190 se puede encontrar en la pagina web de la AEAT en la siguiente ruta:
Inicio >> Acceda directamente >> A un clic >> Modelos y formularios >> Declaraciones >> Todas las declaraciones >> Modelos 100 al 199
La nueva versión del Modelo 190 de Informativas permite generar el modelo para el año 2010 que se debe presentar antes del día 20 de Enero del 2011.
Descripción del módulo
Contenido del módulo
El módulo Informe dimensional de impuestos es un nuevo módulo que se incluye a partir de la versión 1.0.4 del Pack Profesional de Localización Española compatible con el nuevo módulo "Advanced Payables and Receivables management" ("Gestión Avanzada de Cobros y Pagos").
Al instalar y aplicar este nuevo módulo, tal y como se explica en la sección "Instalación del módulo", el usuario podrá comprobar que hay una nueva ventana en la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Gestión de Cobros y Pagos || Herramientas de análisis || Informe dimensional de impuestos compatible mod. APR"
Instalación del módulo
El nuevo módulo “Informe dimensional de Impuestos” es un módulo comercial bajo Licencia comercial OB.
Para su instalación el usuario debe seguir los pasos que se describen a continuación en función de la situación de partida:
- Instalación del paquete profesional de OB ERP para España
- o la instalación del módulo correspondiente de forma separada.
Para la instalación del módulo el usuario debe seguir el procedimiento estándar de instalación de módulos. Si tiene dudas sobre este proceso puede consultar el siguiente enlace:
[1] http://wiki.openbravo.com/wiki/ERP/2.50/ModularityVideos/Install_Module]
Configuración
Configuración de retenciones
Openbravo permite gestionar dos tipos de retenciones:
Impuestos de tipo retención (Retención en Factura)
Este tipo de retenciones se crean en la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Contabilidad || Configuración || Rango impuesto || Impuesto".
Estas retenciones deben configurarse como "Impuesto de retención" tal y como se muestra en la siguiente pantalla:
El módulo de impuestos para España incluye los siguientes rangos de impuesto de compras que incluyen retenciones, es decir, IVA y retención:
- Prestación servicios nacional 16% - 15%R (asociado a la categoría: "Servicios Profesionales Normal")
- Prestación servicios nacional 16% - 7%R (asociado a la categoría: "Servicios Profesionales Reducido")
- Prestación servicios nacional 18% - 15%R (asociado a la categoría: "Servicios Profesionales Normal")
- Prestación servicios nacional 18% - 7%R (asociado a la categoría: "Servicios Profesionales Reducido")
así como sus equivalentes para las situaciones de "Inversión de Sujeto Pasivo", para aquellos casos en que el adquiriente sea un empresario o profesional establecido en España y quien realiza la operación no está establecido en España; en estos casos el destinatario de la operación se convierte en sujeto pasivo del impuesto.
Este tipo de retenciones se utilizan en las líneas de factura.
Este tipo de retenciaones se calculan y contabilizan en el momento de la facturación.
Retención (Retención en el Pago)
Este tipo de retenciones se crean en la ruta de aplicación:
"Gestión de Datos Maestros || Configuración de terceros || Retención || Retención"
El módulo de impuestos para España no incluye este tipo de retenciones por defecto.
Este tipo de retenciones se utilizan en la cabecera de las factura de compra.
En general, este tipo de retenciones se calculan en el momento de la facturación pero se contabilizan en el momento del pago.
Es importante recalcar que la versión actual del módulo "Advanced Payables and Receivables Management" (Gestión Avanzada de Cobros y Pagos) no contempla la inclusión de este tipo de retenciones en los pagos, es por ello que este documento se va a centrar de momento en el primer tipo de retenciones, esto es, impuestos de tipo retención o retenciones en factura.
Configuración de terceros
Las actividades profesionales incluidas como tales en el impuesto sobre actividades económicas (abogados, arquitectos, ingenieros..etc) están sujetas a retención e ingreso a cuenta a un tipo general del 15% o reducido del 7%.
En general, los profesionales emiten sus facturas por la prestación de sus servicios incluyendo en ellas el IVA y la retención correspondiente. La retención la practica el receptor de dicha factura o pagador de la renta y la ingresa en Hacienda a cuenta del IRPF del profesional que emitió la factura de servicios.
El módulo de impuestos para España incluye dos nuevas categorías de impuestos que son:
- "Servicios Profesionales Normal", o bien, servicios profesionales con retención a tipo normal (15%)
- "Servicios Profesionales Reducido", o bien, servicios profesionales con retención a tipo reducido (7%)
Dichas categorías de impuestos de terceros se encuentran entre otras en la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera // Contabilidad // Configuración // Categoría de Impuestos de Terceros"
Los "terceros" del tipo "proveedores de servicios profesionales" deberán tener asignada:
- bien una de estas dos "categorías de impuestos de terceros" y sólo una
- o bien la "Retención" que correspondan
Categoría de impuestos de Tercero
Tal y como se muestra en la pantalla siguiente, el "Profesional A" tiene asociada la categoría de impuesto de tercero "Servicios Profesionales Normal".
Dicha asociación permitirá que las líneas de factura de este proveedor muestren por defecto el rango de impuestos con retención normal al 15%, ya que este rango está también asociado a dicha categoría de impuestos de tercero.
Lo mismo aplica en caso de un "Profesional B" asociado a la categoría de impuesto de tercero "Servicios Profesionales Reducido".
Dicha asociación permitirá que las líneas de factura de este proveedor muestren por defecto el rango de impuestos con retención reducido al 7%, ya que este rango está también asociado a dicha categoría de impuestos de tercero.
Casos de Usuario
Facturas de profesionales
Las facturas/abonos de profesionales se deben introducir en el sistema en la ruta de aplicación:
"Gestión de Compras || Transacciones || Factura (Proveedor) || Cabecera"
como tipo de documento : AP Invoice / AP Credit Memo
Facturas con impuestos de retención en las líneas de factura
Las facturas de profesionales pueden incluir retenciones en las líneas de factura.
Estaríamos en el caso en que el "Profesional A" factura un "servicio" con fecha 05-08-2010 y fecha de vencimiento 05-09-2010, tal y como muestra la siguiente imagen:
El sistema nos muestra por defecto en la línea de factura el impuesto "Prestación servicios nacional 18% - 15%R"
ya que, como ya se ha explicado, tanto el tercero "Profesional A" como éste rango de impuesto están asociados a la categoría de impuesto:
"Servicios Profesionales Normal"
Una vez que la factura se ha contabilizado, el sistema mostrará el correspondiente asiento contable:
2.589,00 Compra de mercaderías(DEBE)
466,02 HP, IVA soportado (DEBE)
2.666,67 Proveedores (HABER)
388,5 HP, acreedora por retenciones (HABER)
El informe dimensional de impuestos nos mostrará esta transacción con la siguiente información:
- fecha = 05-08-2010 (fecha contable factura)
- importe íntegro = 2.666,67
- importe retención = 388,35
Con respecto al "Profesional B", estaríamos en el caso en que el "Profesional B" factura un "servicio" con fecha 25-08-2010 y fecha de vencimiento 25-09-2010, por ejemplo.
El sistema nos mostrará en la línea de factura el impuesto "Prestación servicios nacional 18% - 7%R", por defecto
ya que, como ya se ha explicado, tanto el tercero "Profesional B" como éste rango de impuesto están asociados a la categoría de impuesto:
"Servicios Profesionales Reducido"
Una vez que la factura se ha contabilizado, el sistema mostrará el correspondiente asiento contable:
1.780,00 Compra de mercaderías(DEBE)
320,40 HP, IVA soportado (DEBE)
1.975,80 Proveedores (HABER)
124,60 HP, acreedora por retenciones (HABER)
El informe dimensional de impuestos nos mostrará esta transacción con la siguiente información:
- fecha = 25-08-2010 (fecha contable factura)
- importe íntegro = 1975,80
- importe retención = 124,60
Cumplimentación del modelo 190
Una vez que todas las transacciones de profesionales que incluyen algún tipo de retención se han contabilizado en el sistema durante el año fiscal, por ejemplo el 2010, antes del día 20 de Enero del 2011 es necesario presentar el modelo 190.
Desde la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Gestión de Cobros y Pagos || Herramientas de análisis || Informe dimensional de impuestos compatible módulo APR"
Se podría introducir la siguiente información con el fin de obtener todas las transacciones de compra/pago sujetas a retención, durante un determinado año fiscal y con la posibilidad de agrupar por tercero e incluir información detallada:
El sistema nos mostrará las 2 transacciones que se han contabilizado como ejemplo por tipo impositivo de retención, tal y como se muestra en la siguiente pantalla:
Se debe tener en cuenta que:
- La columna "Importe" se corresponde con el importe de impuesto o retención
- La columna "Base Imponible" se corresponde con el importe integro de la percepción
El modelo 190 se debería cumplimentar de la siguiente forma:
- Profesional A
- total importe integro = 2.589,00
- total retención = 388,35
- Profesional B
- total importe integro = 1.780,00
- total retención = 124,60
La información anterior se podrá introducir en la plataforma Informativas de la AEAT que se puede descargar desde el siguiente link: Modelos de Declaración Informativas, versión 6.
Una vez se ha introducido en la plataforma la información del "Declarante", en la pestaña "Perceptores y percepciones" se deberá introducir la información antes citada, en nuestro caso:
El campo "Ejercicio devengo" se debe dejar en blanco ya que se supone su valor es el año 2010, en caso de no ser así debería introducirse el ejercicio de devengo siempre que sea anterior al 2010, por ejemplo el 2009.
Una vez introducida toda la información necesaria por cada uno de los perceptores, desde la opción de menu "Utilidades // Obtención de la declaración" es posible presentar el modelo 190 telemáticamente ya que desde esa opción de menú se puede generar el fichero de texto que la agencia tributaria define para la presentación del 190.