Spainaeatmodelo340/User Documentation
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Introduccion
El presente manual de usuario explica el contenido y funcionamiento del nuevo módulo comercial de Openbravo, "Modelo AEAT 340", compatible con las versiones de Openbravo:
- 2.50 MP33, o posterior
- Openbravo 3 MP2, o posterior
Este módulo se distribuye bajo licencia comercial "Openbravo Commercial License".
Este módulo formará parte del paquete "Profesional" de Localización para España - "Professional Edition", sin coste adicional.
Descripción del Módulo
El módulo Modelo AEAT 340 - Declaración informativa de operaciones incluídas en los libros registro de IVA, permite a las empresas cumplir con sus obligaciones fiscales de "informar sobre las operaciones incluídas en los libros registro de IVA", fundamentalmente en los casos de "Inscripcción en el Registro de Devolución de IVA".
La estructura válida del fichero se puede encontrar en el siguiente link de la AEAT: Diseños de Registro - Modelo 340
Dicho fichero se genera en Openbravo desde la ruta de aplicación:
Generador de declaraciones de impuestos que se encuentra en la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Contabilidad || Herramientas de análisis || Generación del Modelo 340"
El fichero se puede:
- pre-validar y, posteriormente presentar en la pagina wed de la AEAT, en el siguiente link: Modelo 340. Declaración Informativa. IVA
Presentación del Modelo 340
Los obligados a presentar el modelo 340 son:
- Los sujetos pasivos que deban presentar autoliquidaciones o declaraciones correspondientes al Impuesto de Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido o al IGIC por medios telemáticos y que a su vez opten por el sistema de devolución mensual de IVA.
La presentación del modelo 340 puede ser Mensual o Trimestral.
La presentación será obligatoria por via telemática (fichero de texto válido) para los sujetos pasivos que:
- tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada
- y/o estén inscritos en el "Régimen de devolución mensual".
Contenido del módulo
El Contenido básico del fichero de texto válido del 340 se describe a continuación:
Registro de tipo 1 - Registro de Declarante:
- Identificación del declarante
- Apellidos y nombre, razón social o denominación
- Persona con quien relacionarse
- Periodo
- Número total e registros
- Importe total de la base imponible
- Importe total de la cuota del impuesto
- Importe total de las facturas
- Código electrónico de la autoquilidación de IVA (Modelo 303)
Registro de tipo 2 - Registro de Declarado - Libro de Registro de Facturas Expedidas:
- Identificación del declarante
- NIF Declarado
- Apellidos y nombre, razón social o denominación
- Código país (declarado)
- Clave número de identificación en el país de residencia (declarado)
- Número de identificación fiscal en el país de residencia (declarado)
- Clave de libro
- Clave de operación
- Fecha expedición de la factura
- Fecha operación
- Tipo impositivo
- Base imponible
- Cuota del impuesto
- Importe total de la factura
- Identificación de la factura
- Número de registro de la factura
- Identificación de la factura rectificada
- Tipo de Recargo de Equivalencia
- Cuota de regargo de equivalencia
Registro de tipo 2 - Registro de Declarado - Libro de Registro de Facturas Recibidas:
- Identificación del declarante
- NIF Declarado
- Apellidos y nombre, razón social o denominación
- Código país (declarado)
- Clave número de identificación en el país de residencia (declarado)
- Número de identificación fiscal en el país de residencia (declarado)
- Clave de libro
- Clave de operación
- Fecha expedición de la factura
- Fecha operación
- Tipo impositivo
- Base imponible
- Cuota del impuesto
- Importe total de la factura
- Identificación de la factura
- Número de registro de la factura
- Cuota deducible
Tenga en cuenta que el contenido de los libros de facturas recibidas y expedidas y por tanto del Modelo 340 ha cambiado como consecuencia del régimen especial del criterio de caja.
Conforme a ese nuevo régimen se han incluido nuevos campos del tipo "importe cobrado/pagado", "fecha del cobro/pago", "método de pago" y "cuenta bancaria/cheque/otros".
Instalación y aplicación del módulo
Instalación
El nuevo módulo “AEAT - Modelo 340”” es un módulo que requiere de licencia comercial Openbravo ("Openbravo Commercial License") sin coste adicional para entornos de aplicación Openbravo del tipo "Professional Edition".
Para su instalación el usuario debe seguir los pasos que se describen a continuación en función de la situación de partida:
- Instalación del paquete profesional de OB ERP para España versión 1.X.0, o posterior, para instalaciones de Openbravo 2.50
- Instalación del paquete profesional de OB ERP para España versión 3.X.0, o posterior, para instalaciones de Openbravo 3.0
- o la instalación del módulo de forma separada.
Para la instalación del módulo el usuario debe seguir el procedimiento estándar de instalación de módulos. Si tiene dudas sobre este proceso puede consultar el siguiente enlace: http://wiki.openbravo.com/wiki/ERP/2.50/ModularityVideos/Install_Module
Aplicación del módulo
El módulo del Modelo AEAT 340 incluye el correspondiente "juego de datos" o "datos de referencia", por tanto, una vez insalado el módulo, desde la ruta de aplicación:
"Configuración General || Organización || Gestión del módulo de Empresa"
el usuario debe aplicar los datos de referencia del modelo 340, para la entidad/organización legal con contabilidad que corresponda, tal como se muestra en la siguiente pantalla:
Al instalar y aplicar este nuevo juego de datos el usuario podrá comprobar que en la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Contabilidad || Herramientas de análisis || Lanzar Modelo 340", es posible generar el Modelo 340 para un periodo desde/hasta determinado y conforme a los libros registro de facturas emitidas/recibidas correspondientes a dicho periodo.
Configuración
Configuración del modelo 340
Tal y como se ha descrito el modelo 340 es la declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro de IVA.
La configuración del modelo 340 requiere de la configuración de los libros de IVA
Openbravo ha liberado un módulo de configuración de los Libros Registro para 2011.
Dicha configuración nos va a permitir que cada Libro recoga las facturas/abonos de compra/venta asociadas a los correspondientes rangos de IVA, tal y como se muestra en las siguientes pantallas:
Para más información sobre el módulo de los "Libros de registro de IVA", consulte en el siguiente [link]
Para más información sobre el módulo de "Configuración de los libros registro de IVA para 2011", consulte en el siguiente [link]
En resumen:
La configuración de los libros nos va a permitir que a la hora de generar el fichero de texto válido para el Modelo 340 se tenga en cuenta:
En el caso del Libro de Facturas Recibidas
El IVA soportado deducible registrado y contabilizado en las Facturas/Abonos de Compra, que el usuario puede registrar en la ruta de aplicación: "Gestión de Compras || Transacciones || Factura (Proveedor)", para los siguientes tipos de documento:
- AP Invoice (Factura de compra)
- AP Invoice negativa (Abono de compra)
- AP Credit Memo (Abono de compra)
- Reversed Purchase Invoice (Factura de compra rectificativa)
Las facturas/abonos de compra se incluirán en los libros según su fecha de contabilización y teniendo en cuenta bien el "Número de Factura" o bien el "Número de documento del proveedor", tal y como se muestra en la siguiente pantalla de configuración de los libros de Facturas Recibidas.
En el caso del Libro de Facturas Expedidas
El IVA devengado registrado y contabilizado en las Facturas/Abonos de Venta que el usuario puede emitir en la ruta de aplicación: "Gestión de Ventas || Transacciones || Factura (Cliente)", para los siguientes tipos de documento:
- AR Invoice (Factura de venta)
- AR Invoice negativa (Abono de venta)
- AR Credit Memo (Abono de venta)
- Reversed Purchase Invoice (Factura de venta rectificativa)
Las facturas/abonos de venta se incluirán en los libros bien según su fecha de contabilización o bien según su fecha de expedición, tal y como se muestra en la siguiente pantalla de configuración de los libros de Facturas Expedidas.
Casos de Usuario
Generación de los Libros
Los libros se generan desde la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Contabilidad || Herramientas de análisis || Libro de Facturas"
Una vez en esa ruta de aplicación, el usuario debe crear un nuevo registro e introducir la siguiente información:
- el Nombre del libro
- una breve Descripción del libro (ppcional)
- el Nº de Página que el sistema va a utilizar para numerar las páginas del libro (opcional). Si el usuario no modifica este dato el sistema llevará la numeración de las páginas de los libros automáticamente.
- el Número registro que el sistema debe utilizar como siguiente una vez que el libro se haya marcado como final (opcional). Si el usuario no modifica este dato el sistema llevará la numeración del registro correlativo de las facturas automáticamente.
- el Tipo de libro que previamente se ha configurado
- el Año, Periodo desde y Periodo hasta para los que se necesita generar el libro.
Una vez introducida la información anterior, el usuario puede "Crear" el libro, a través del botón de proceso "Crear".
Este proceso incluirá en el libro todas las facturas/abonos de compra ligados a los tipos de IVA especificados en la configuración del libro, cuya fecha de contabilización/expedición se encuentre dentro del periodo seleccionado.
Las facturas se pueden consultar en la pestaña "Lineas".
El mismo proceso es aplicable a ambos libros (Libro de Facturas Recibidas y Libro de Facturas Emitidas)
Una vez que el contenido de un libro es correcto, debe marcarse como "Final", a través del botón de proceso "Crear y Marcar como Final".
Este proceso va a numerar correlativamente las facturas de un libro y les va a otorgar un "Número de Registro". Este es un dato necesario para el Modelo 340.
Generación del fichero para el Modelo 340
El fichero del Modelo 340 se genera desde la ruta de aplicación:
"Gestión Financiera || Contabilidad || Herramientas de análisis || Lanzar Modelo 340"
Los libros que se vayan a incluir en el fichero del modelo 340 para un perido desde/hasta determinado tienen que estar marcados como "Finales".
Una vez seleccionados todos los datos necesarios, el fichero se genera a través del botón de proceso "lanzar Modelo 340".
Validación del fichero para el Modelo 340
El fichero del 340 generado desde Openbravo, tal y como se ha explicado en el presente manual se puede validar en el siguiente link de la página de la Hacienda española: Programa de ayuda y Presentación Telemática
Presentación del fichero para el Modelo 340
Una vez validado el fichero del 340 se puede presentar en el siguiente link de la página web de la AEAT: Presentación telemática del libro de registro 2011, 2012, etc
Actualización para el año fiscal 2012
El Modelo 340 para el año fiscal 2012 incluye las siguientes novedades:
- Los libros de facturas emitidas deben incluir la clave de operación “R”, que corresponde con las operaciones de arrendamiento de local de negocio. Para este tipo de operaciones, se debe indicar la situación del inmueble junto con su referencia catastral.
- Se debe indentificar el importe en concreto de todas las transacciones relacionadas con transmisiones de bienes inmuebles sujetas a IVA.
- La suma de los cobros recibidos en metálico de un mismo tercero durante el transcurso del año se deben de declarar de forma independiente, es decir sin estar relacionados con ninguna factura en concreto, justo en el momento en que superen los 6000 €. A partir de ese momento, ese importe de cobro deberá reflejarse en todos los libros, hasta que se produzca un nuevo cobro que debe acumlarse.
- Por ejemplo en Febrero se supera el límite al cobrar un importe de 7.200 €, esa cifra deberá reflejarse como un cobro en metálico en todos los libros siguientes al de Febrero, inclusive, para ese tercero, y hasta que se produzca un nuevo cobro. Por ejemplo en Agosto se produce un nuevo cobro en metálico de 5.400 €. A partir del mes de Agosto el importe de cobro a reflejar en todos los libros siguientes será de 12.600€
- En caso de que se cobre en metálico facturas correspondientes a año anteriores durante el año para el que se lanza el informe, y que superen los 6000€ por tercero, se deberá declarar este tipo de operaciones de forma separada e indicando el año en el que se devengaron las facturas relacionadas con dichos cobros.
Para cumplir con todos estos nuevos requisitos, el módulo del Modelo 340 y algunas de sus dependencias se han visto afectados:
- El módulo de impuestos para España (Taxes: configuration for Spain (Impuestos para España)) en su versión 1.2.43 (o superior) clasifica los impuestos de tipo transmisiones de bienes inmuebles y los de tipo arrendamiento de locales. Se incluyen dos nuevos checkbox para declarar estos tipos de impuestos, y se actualiza la configuración de los impuestos correspondientes.
- El módulo del libro de facturas (Invoices Register Book) en su versión 1.2.20 (o superior) incluye soporte para la clave de operación “R”.
- Las operaciones relativas a arrendamiento de locales de negocio se incluían hasta ahora en el Modelo 347. Toda la información relativa a los productos declarados como locales se podía configurar al instalar el módulo del Modelo 347. Es por esto que, a partir de ahora, el Modelo 340 incluye una dependencia al Modelo 347, simplemente para evitar duplicar la información relativa a los locales de arrendamiento.
- A partir del año 2012, el Modelo 340 debe incluir los cobros en metálico a un mismo tercero que superen los 6000€, por lo tanto hay que consultar los datos de cobros y pagos declarados en el sistema. En Openbravo existen dos tipos de flujos de cobros y pagos: el antiguo usado en la versión 2.50 (y anteriores), y el nuevo flujo basado en APRM (Advanced Payables and Receivables), disponible como módulo desde Openbravo 2.50, y que es el único soportado en Openbravo 3.
Esto nos obliga a crear diferentes versiones del módulo del Modelo 340, que deberá instalar dependiendo del flujo financiero que utilice en su instancia. Las diferentes versiones son:- Tax Report: Modelo 340 (Spain) versión 1.1.1, compatible con Openbravo 2.50 y el nuevo flujo financiero basado en APRM
- Tax Report: Modelo 340 (Spain) versión 3.1.1, compatible con Openbravo 3 (y el nuevo flujo financiero basado en APRM)
- Tax Report: Modelo 340 (Spain) - NOT APRM compatible 1.0.2, compatible con Openbravo 2.50 y el viejo flujo financiero
Todas las versiones compatibles con el nuevo flujo financiero son retrocompatibles con el viejo flujo financiero, es decir, si su instancia ha migrado desde el viejo flujo financiero, todas las transacciones creadas con el viejo flujo financiero se tendrán en cuenta también a la hora de generar el Modelo 340.
Instalación y configuración del Modelo 340 para el año 2012
Lo primero que debe decidir es la versión del modelo 340 que debe utilizar:
- Si se encuentra en Openbravo 2.50 con el viejo flujo financiero, debe instalar el módulo Tax Report: Modelo 340 (Spain) - NOT APRM compatible 1.0.1. Si ya tenía instalado el módulo del Modelo 340 anteriormente (año 2011), deberá desinstalarlo para evitar duplicidades que puedan llevar a confusión.
- Si utiliza Openbravo 2.50 con el nuevo flujo financiero, instale Tax Report: Modelo 340 (Spain) versión 1.1.0.
- Finalmente, si usa Openbravo 3, instale Tax Report: Modelo 340 (Spain) versión 3.1.0
Independientemente de la versión que utilice, se instalarán todas las dependencias necesarias. Una vez que finalice la instalación del módulo deberá:
- Aplicar/actualizar el juego de datos (datasets) del Modelo 340
- Actualizar el juego de datos (dataset) del módulo de impuestos para España.
- En caso de haber incluido operaciones de arrendamiento durante el año 2012, deberá reactivar y completar de nuevo dichas facturas.
- Además, si ya ha generado algún libro de facturas para el año 2012 con anterioridad, deberá lanzarlo de nuevo para asegurarse de que el libro de facturas tiene el formato y los datos adecuados para el Modelo 340. Es importante destacar que un libro de facturas para el 2012 generado con una versión del libro de facturas menor de la 1.2.20 no es válido para generar el Modelo 340 de 2012.
Novedades para el año fiscal 2012
Como se ha comentado anteriormente, el Modelo 340 del año 2012 incluye algunas novedades. A continuación vamos a ver cómo se tratan dichas novedades a la hora de generar el Modelo 340 de 2012:
Clave de operación R
Cuando se completa cualquier factura con un impuesto declarado como de tipo arrendamiento, el libro de facturas incluye la clave de operación R para dichas transacciones. Al lanzar el libro de facturas, se agrupan todas las líneas con el mismo impuesto; sin embargo, el Modelo 340 debe dividir estas líneas entre cada uno de los productos declarados como local de arrendamiento incluidos en la factura. Por ese motivo, las facturas de venta que incluyan locales de arrendamiento en sus líneas generan tantas líneas en el Modelo 340 como locales diferentes hayan sido incluidos en la factura.
Es importante destacar que el soporte para operaciones con clave de operación “R” se incluye desde la versión 1.2.20 del libro de facturas. Si usted ha procesado facturas que contengan arrendamientos de locales de negocio con anterioridad a la instalación de esta versión, deberá reactivar y completar de nuevo dichas facturas para asegurarse de que a este tipo de transacciones se les asocia la clave de operación R. Además, si estas facturas ya se habían incluido en algún libro de facturas, se deberá regenerar dicho libro para que se refleje el código de operación adecuado.
Transmisiones de bienes inmuebles sujetas a IVA
Todas las líneas del Modelo 340 relacionadas con transmisiones de bienes inmuebles reflejarán el importe exacto de dichas transacciones.
Las transacciones de transmisiones de bienes inmuebles serán aquellas líneas del libro de facturas emitidas que incluyan un impuesto declarado como de transmisión de bienes inmuebles.
Importes cobrados en metálico
Cuando la suma de importes recibidos en metálico de un mismo tercero supere los 6000€ por año, se incluirá dicha información en el Modelo 340 como líneas independientes sin ningún tipo de asociación a facturas. Tenga en cuenta que el Modelo 340 que esté generando para un mes en concreto, por ejemplo marzo, puede incluir cobros en metálico que superen los 6000€ de transacciones correspondientes a enero de este mismo año pero que haya cobrado a lo largo del año.
Además, si durante el año para el que lanzamos el informe hemos cobrado un importe superior a 6000€ correspondientes a facturas de años anteriores, se deberá declarar el año fiscal al que correspondan dichas facturas.
El procedimiento para detectar los cobros en metálico depende del flujo financiero que estemos utilizando en nuestra instancia:
- En caso del viejo flujo de cobros y pagos, el informe busca todos aquellos efectos de cobro que se incluyan en una línea de caja que esté procesada desde el principio del año hasta el “periodo hasta” para el que lanzamos el informe.
- Para el nuevo flujo, se tienen en cuenta los cobros en estado “Cobrado”, “Depositado” y “Conciliado” que estén asociados a una cuenta financiera de tipo Caja con fecha desde el principio del año hasta el “periodo hasta” para el que lanzamos el informe.
Independientemente del flujo financiero que estemos usando, el informe comprueba que los cobros en metálico que detecta pertenezcan a alguna factura contabilizada que incluya al menos alguno de los impuestos declarados en la configuración del libro de facturas que se esté lanzando en ese momento. El resto de cobros asociados a transacciones declaradas en el sistema que no pertenezcan a este grupo de facturas no se incluirán en el informe del Modelo 340.
Presentación de las declaraciones de 2012
Una vez validado el fichero del 340 se puede presentar en el siguiente link de la página web de la AEAT: Presentación telemática del libro de registro 2012